Derecho al olvido en internet.

Cuántas veces nos encontramos con clientes que se sienten estigmatizados al haber salido publicado en medios de información web sus datos personales asociados a un delito concreto o a un procedimiento judicial, llegando incluso a publicarse imágenes de su detención, celebración de juicio…  cuando finalmente su procedimiento ha sido sobreseído o dictado una sentencia absolutoria. En prácticamente ninguna ocasión apareció después publicado el devenir final del procedimiento, ni se actualizó la información ofrecida.

Cada vez que estas personas o cualquier otra incluyen su nombre y apellidos en un buscador de internet se encuentran con un pasado publicado que no tiene por qué ofrecer una información actualizada o acorde a la realidad que se vivió, proyectando una concreta imagen a los demás que no tiene por qué corresponderse con la que procedía.

El mantenimiento en los buscadores de una información obsoleta puede causar gran dolor a quien sufre su falta de actualización, por eso ha resultado de enorme importancia la regulación del derecho al olvido.

El derecho al olvido es esa facultad que tenemos para exigir que la información que se asocie a nuestros datos personales sea de algún modo veraz, por tanto este derecho al olvido se convierte en una vertiente del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Está relacionado con la facultad que asiste a una persona de instar, en el entorno de Internet, a los responsables del tratamiento de datos personales para que supriman cualquier enlace o cualquier copia o réplica de éste sus propios datos personales.

Se traduce en que una persona que al introducir su nombre y apellidos en buscadores de internet (google, bing, yahoo) obtiene en la lista de resultados enlaces publicados que contienen información inadecuada, inexacta, no actualizada pueda solicitar su eliminación.

Cada buscador ha adoptado un formulario para tramitar este derecho de supresión, si quieres más datos te recomendamos la visualización del siguiente enlace:

https://www.aepd.es/es/areas-de-actuacion/internet-y-redes-sociales/derecho-al-olvido

Si tienes cualquier duda, nosotras podemos ayudarte.

FUNDAMENTACION JURÍDICA

  • Directiva Europea sobre Privacidad y las Comunicaciones Electrónicas, conocida como Directiva ePrivacy del año 2009 que obliga a solicitar el consentimiento del usuario para la activación de “cookies” o rastreadores en línea excepto los estrictamente necesarios para las funciones básicas de la página web.
  • Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) asunto C-131/12 del 13 de mayo de 2014, conocida como “Sentencia Google Spain”.
  • Sentencia del Tribunal Supremo N° 4132/2015 que declara a los buscadores y editores de páginas web, como responsables del tratamiento de datos personales.
  • Reglamento 2016/679 de la Unión Europea sobre protección de datos.
  • Directiva 95/46 de la Comunidad Europea y Reglamento General de Protección de Datos.
  • La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *